- ¿Quién puede obtener la residencia por negocio en Serbia?
- El fundador de un DOO nombrado administrador; un fundador sin cargo de administrador, si la empresa opera realmente; un preduzetnik, incluido el de paušal; un administrador extranjero contratado por una empresa serbia. Desde 2024 la residencia y el derecho a trabajar se unifican en un permiso único (jedinstvena dozvola), y el empresario no necesita permiso de trabajo aparte.
- ¿Cuánto tarda la residencia y por cuánto tiempo se concede?
- El registro de la empresa en la APR tarda 5 días hábiles y la recopilación de documentos, 1–2 semanas. El plazo de resolución del MUP lo fija la ley y corre desde la presentación del expediente completo; en la práctica la decisión tarda entre unas semanas y dos meses. El primer permiso suele concederse por un año; la ley permite hasta tres.
- ¿Tengo que estar en Serbia al presentar la solicitud?
- Sí. La solicitud se presenta en línea a través del portal de extranjeros de e-Uprava, pero el solicitante debe encontrarse legalmente en el país en ese momento, y la biometría se toma en persona en el MUP. Hay que presentarla antes de que termine el periodo sin visado, 30 o 90 días según la nacionalidad, y el registro de domicilio (la «cartulina blanca») se hace en las 24 horas siguientes a la llegada al alojamiento.
- ¿Qué comprueba el MUP en la renovación?
- Que el negocio es real: impuestos y cotizaciones pagados, ingresos en la cuenta de la empresa, cuentas anuales presentadas a la APR, una dirección donde se pueda localizar la empresa, una base formal para el trabajo del administrador y residencia efectiva en Serbia. Una empresa con cuentas a cero y un administrador sin cotizaciones es el perfil típico de la renovación denegada.
- ¿Me convierto en residente fiscal serbio al obtener la residencia?
- No. La residencia fiscal depende de la presencia efectiva, no del permiso: 183 días en 12 meses o el centro de intereses vitales en Serbia. El residente fiscal declara en Serbia su renta mundial, así que el empresario con ingresos en otros países debería planificar ese momento con su contable por adelantado.
- ¿Puedo traer a mi familia?
- Sí. El cónyuge y los hijos menores obtienen la residencia por reagrupación familiar por el mismo plazo que el solicitante principal. La solicitud va por el mismo portal; hacen falta certificados de matrimonio y nacimiento apostillados y traducidos, justificante de vivienda y de medios para toda la familia y seguro para cada miembro.